En Andalucía, las denuncias por «okupación» de viviendas han aumentado casi un 30% durante la pandemia del COVID-19. En los Ayuntamientos de los municipios más afectados, están estudiando la posibilidad de crear una oficina «antiokupa», con el objetivo de asesorar e informar a todos los afectados, e incluso las pautas a seguir en viviendas «okupadas» en Comunidades de Propietarios, que sufren a diario estas desagradables circunstancias.

Según varias fuentes consultadas por la Junta de Andalucía, las denuncias por «okupación ilegal» durante el primer semestre del año han llegado a superar las 250 aproximadamente. Son cifras muy preocupantes, y sobre todo en zonas costeras, que son las más apetitosas para los «okupas».

Hace un par de días, el Ministerio del Interior, ponía en marcha un nuevo protocolo de actuación policial para tratar de agilizar el desalojo de «okupas«. Las principal novedad y más importante, es que se elimina el plazo de 48 horas para poder desalojar las viviendas por parte de las autoridades competentes. Según el Ministerio del Interior, los agentes de la autoridad, podrán actuar cuando el delito sea reciente, aunque aún está por establecer el plazo legal para devolver la propiedad a su legítimo propietario. Otra novedad destacada es que se establece un delito de allanamiento de morada tanto en la «okupación» de primera vivienda como en la «okupación» de segunda residencia, y que en ambos casos es posible desalojar de forma inmediata al «okupa» sin necesidad de solicitar acciones judiciales, y proceder a la identificación de los mismos para su posterior detención.

Por lo tanto, los agentes de la autoridad tendrán que iniciar un atestado en el que especificarán todos los elementos que deben de ser aportados a las autoridades judiciales con el objetivo de acreditar la comisión de un delito y la participación de sus presuntos autores.

Según la Agencia EFE, este nuevo protocolo de actuación, fue remitido el pasado día 17 de Septiembre, por el Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, a las direcciones generales de ambos cuerpos para su traslado a los operativos, incluyendo medidas para mejorar los atestados de denuncia de «okupación». Además de la mejora de los atestados, el Ministerio del Interior, habilitará estos días una aplicación móvil específica para que cualquier persona pueda alertar con su teléfono a las fuerzas de seguridad, ante una propiedad «okupada» ilegalmente.

No podemos olvidar que en algunos casos de «okupación» ajena hay situaciones de verdadera vulnerabilidad, como la presencia de menores entre los «okupantes». En estos casos, las fuerzas de seguridad ejercerán su papel legal con una respuesta rápida por parte de las entidades e instituciones sociales y asistenciales.

En definitiva y para concluir con esta nueva disposición, una vez que las fuerzas de seguridad trasladen a la autoridad judicial esas denuncias, el juez y el fiscal, tendrán que declarar si son elementos suficientes para acordar en su caso el desalojo rápido de ese inmueble «okupado».

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