El pasado día 21 de Junio a las 23:59 horas, terminó el ESTADO DE ALARMA en España, y como ya sabéis, en Granada a partir de ahora nos regimos por la Junta de Andalucía.

Nuestro máximo Organismo Autonómico, con Juanma Moreno a la cabeza, aprobó el día 9 de Junio, una serie de medidas para la nueva realidad en Andalucía, entre otras, medidas y recomendaciones para las PISCINAS.

A continuación, os adjuntamos una serie de normas que hemos preparado para nuestras Comunidades de Propietarios en Granada y la Costa Tropical:

  • El uso de la mascarilla será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
  • No podrán acceder a la piscina, ni trabajadores ni usuarios:
    • Que estén en aislamiento domiciliario por tener síntomas de COVID-19.
    • Que, no teniendo síntomas, se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19
  • Antes de acceder al recinto es obligatorio la limpieza y desinfección de manos y calzado.
  • Es obligatorio, respetar rigurosamente las zonas delimitadas para cada unidad familiar.
  • Los niños menores de 14 años deberán esta siempre acompañados por una persona adulta y permanecer dentro del espacio ocupado por la unidad familiar, y fuera de este espacio se mantendrán las medidas de distanciamiento social.
  • Queda prohibida la presencia de menores de 14 años que no estén acompañados por un adulto en los vasos del recinto.
  • Depositar en las papeleras, colocadas a estos efectos, en bolsas debidamente cerradas, los residuos generados en el interior de la piscina.
  • Las tumbonas o hamacas, en su caso, deberán estar separadas 1.5 metros. No es posible el uso compartido y es obligación del usuario desinfectarlas antes y después de su uso.
  • Prohibición de colocar toallas en las vallas perimetrales para evitar contagios.
  • Las medidas de distanciamiento social se deben respetar tanto en las zonas de descanso, que deben ser delimitadas por cada unidad de convivencia (4 personas, en torno a 8 metros cuadrados), también, deberán respetarse en la zona de baño, donde quedará prohibido el uso de toboganes, trampolines y accesorios que generen chapoteo.
  • Queda prohibido compartir objetos, como útiles de juego, con otras unidades de convivencia que estén en el recinto de la piscina.
  • En el recinto de la piscina, la autoridad le corresponde al socorrista, controlador o personal de seguridad, si la hubiere, a los efectos de hacer cumplir las normas expuestas, y a su defecto se apelará a la responsabilidad de los propietarios.

Todas estas normas deben de cumplirse para garantizar la higiene y seguridad de todos los comuneros.

Fuentes: CAF Granada, AAFF, APETI, OEAF, y Junta de Andalucía.